El autor no puede quedar fuera del proceso de creación y explotación de su propio texto.
Demasiadas veces la figura del dramaturgo es un ente difuminado detrás de un texto. Un sujeto al que no se tiene en cuenta dentro de la producción.
En muchas ocasiones se olvida que TODO lo que sucederá en el escenario es a partir de la dramaturgia y que detrás está la persona que lo ha escrito.
Empieza a ser hora de que EL AUTOR esté informado con antelación de cuándo y dónde se representan sus obras, que se le trate cómo a uno más del equipo artístico en cuanto a la comunicación interna del proyecto.
Y si no es por iniciativa propia, que sea porque lo dice ley.
¡Ojo al dato!
Según el punto 5º del Artículo 78 de la Ley de Propiedad Intelectual: El cesionario (El productor que tiene los derechos de representación) está OBLIGADO a informar al autor de las actuaciones que va a realizar con su obra.
Así de claro y meridiano.
Como siempre, mil gracias @leonardbeard por tus ilustraciones.